El 01 de Enero del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica, el cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0.
La autoridad fiscal otorgó un periodo de transición, hasta el 30 de abril, para que los contribuyentes puedan utilizar ambas versiones de facturación. Es decir, el uso obligatorio del CFDI 4.0 iniciaría el 1 de mayo.
Sin embargo, el pasado 18 de Febrero, Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 especialmente sobre nueva versión de Factura Electrónica 4.0.
Se extiende el período en que se puede utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet, en su versión 3.3 hasta el 30 de Junio de 2022, dando así dos meses más para el inicio de la obligatoriedad del CFDI en su versión 4.0.
Objetivo principal sobre la ampliación del periodo de transición
Es para que los contribuyentes se adapten a las nuevas necesidades de la emisión de facturas o recibos de nómina 4.0 y así no tener pretexto de cumplir las obligaciones fiscales como contribuyente que traerá este importante cambio.
Conoce más a detalle los cambios que tendrá la factura electrónica este 2022
De acuerdo con la página del SAT la vigencia de esta nueva versión entró a partir del 1 de enero de 2022, para que los contribuyentes buscaran la implementación a esta nueva versión de Factura Electrónica 4.0, contemplando el periodo de convivencia con la versión 3.3, el uso obligatorio iniciaría el 01 de mayo, pero ahora se extendió hasta el 1 de julio.
Dichos cambios serán los siguientes:
- Existirá la versión 4.0.
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
El CFDI que ampara retenciones información de pagos:
- La versión será la 2.0.
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Permitirá relacionar otros CFDI.
El Complemento para recepción de pagos:
- La versión será 2.0.
- Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
- Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
Actualización al servicio de cancelación de facturas:
A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes. Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado. Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
Fuente SAT
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